Declaran en rebeldía y piden captura internacional a excura José, acusado de abusar de una alumna
VER VIDEO
El exsacerdote Carlos Eduardo José fue declarado en rebeldía y bajo pedido de captura nacional e internacional por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 2 de San Martín que este martes iba a condenarlo por abuso sexual, tras no presentarse a la audiencia y no ser hallado en la vivienda de la localidad de Caseros dónde había fijado domicilio.
Los jueces Marcelo Machado, Héctor Toneguzzo y Alejandro Moramarco Terrarossa habían convocado para las 9 de hoy a la «audiencia de cesura» en la causa contra el excura por «abuso sexual gravemente ultrajante» de una alumna menor de edad, después de que el Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires revirtiera parcialmente su absolución por prescripción en octubre pasado pero manteniendo al procesado en libertad.
Ese tribunal consideró que Carlos Eduardo José (64) es culpable de «abuso sexual gravemente ultrajante triplemente agravado» contra Mailin Gobbo (35), una alumna del colegio parroquial que él dirigía en la localidad bonaerense de Caseros, a quien agredió sexualmente entre sus 12 y 21 años de edad en el domicilio de la víctima.
Durante las tres horas de infructuosa espera permaneció en la sede judicial la abogada defensora del exsacerdote, quien les comunicó informalmente a las partes que su defendido no respondía a los mensajes que le había enviado desde primera hora de esta mañana.
Según informaron fuentes judiciales, la policía se hizo presente con una orden de allanamiento en el domicilio de Carué 5273 pasadas las 10.30, pero nadie respondió a los llamados y «resultaron negativos» todos los esfuerzos por encontrarlo.
«Carlos Eduardo José no vino a pesar de que fue notificado personal y fehacientemente de la realización de la audiencia. Superado el tiempo de espera, el tribunal lo mandó a buscar por la fuerza pública, con posibilidad de allanar, pero esas acciones arrojaron resultado negativo. Ante esta situación, el tribunal decide declarar al imputado en estado de rebeldía y ordenar su captura nacional e internacional», explicaron fuentes judiciales.
«Ya se comunicaron los oficios a Interpol y a todas las dependencias judiciales correspondientes», agregó.
Por su parte, Gobbo aseguró no estar sorprendida e incluso «intuía que esto iba a pasar porque ya lo hizo una vez en 2017, cuando yo hice la denuncia».
Efectivamente, José estuvo una semana prófugo en julio de 2017 cuando fue requerido por primera vez por esta denuncia y es en virtud de esta actitud esquiva que la Justicia le denegó sucesivos pedidos de excarcelación o prisión domiciliaria, llegando bajo prisión preventiva al juicio de primera instancia celebrado entre febrero y marzo de 2021.
No obstante y tras permanecer tres años y medio encarcelado, José recuperó la libertad en marzo de ese año al ser absuelto por prescripción de los hechos.
«Lo que no entiendo y no voy a entender nunca es cómo los jueces teniendo la oportunidad de haber prevenido esto no lo hicieron y encima dilataron los tiempos», dijo.
Cabe recordar que esta audiencia había sido fijada inicialmente para el 31 de mayo, pero dos días antes el tribunal accedió a postergarla a pedido de la defensa, que arguyó que José tenía una operación de cadera programada para el 1 de junio. Posteriormente, sobrevendría la recuperación post operatoria que se extendió hasta ahora.
«No era previsible pero estaba dentro de marco de las posibilidades que no se presente porque él ya estuvo prófugo y no hizo las cosas fáciles durante el juicio», dijo el abogado del particular damnificado, Héctor Silveira.
Lo que queda por delante es «procurar su detención» y, cuando se lo consiga, «se establecerá una nueva fecha de audiencia de cesura, y se le impondrá la pena que el tribunal considere en función del delito que cometió» porque «Casación ya determinó que está comprobada la materialidad del ilícito y que él es el autor material».
Junto a la víctima, estuvieron presentes desde temprano dos de las otras tres denunciantes, quienes no obtuvieron justicia porque esos expedientes fueron prescriptos por la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
«Hubiera preferido que se matara antes de profugarse, porque si le dictan la condena mínima -que es de 8 años- tres ya lo tiene cumplidos (por la prisión preventiva) y después de 5 años más, él todavía tiene todavía la capacidad de abusar de otras niñas», dijo Gobbo a Télam.
«Quiero que lo encuentren y, si lo encuentran con vida, que le den la condena más alta (que es de 20 años) con prisión efectiva», agregó la joven que concurrió a la institución educativa que José dirigía -el Instituto San José Obrero- hasta el segundo año de secundaria, cuando decidió cambiarse de colegio pero sin poder perder contacto con el sacerdote, que seguía concurriendo a su casa como amigo de la familia.
Según testimonió en el juicio, mientras estuvo en la escuela el sacerdote la sacaba del aula casi diariamente para confesarla sentada en su falda, momento que aprovechaba para manosearla.
También, según contó la joven, el religioso iba a su casa, ya que era de confianza de la familia y cometía el delito en su habitación.
El 9 de marzo de 2021 el TOC N° 2 de San Martín lo absolvió al considerar que estaba extinta por prescripción la persecución penal por el denominado «hecho 1» -ocurrido en el colegio San José Obrero de la localidad bonaerense de Caseros entre 2000 y 2001- y del «hecho II» -que tuvo lugar entre 1999 y 2008 en la casa de la víctima-.
Y eso a pesar de que tanto la querella como el fiscal Ricardo Romero habían solicitado la pena máxima; y de que los abogados de Mailin difundieron un video donde se ve a José bailando con muchos niñas y niños alrededor, pero a la única que agarra sin soltarla, abraza y habla al oído es a la víctima, que por entonces tenía unos 6 años.
Esa sentencia fue apelada tanto por los abogados querellantes como por el fiscal de juicio Ricardo Romero, quienes habían coincidido en solicitar 20 años de prisión.
A mediados de octubre del año pasado, el Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires revocó parcialmente el fallo de 2021 por considerar «acreditados» tanto «la materialidad ilícita» como «la autoría responsable» del imputado en relación a los hechos denunciados como ocurridos entre 1999 y 2008 en la casa de la denunciante, M.G., entre sus 12 y sus 21 años.
Esto implicó que la causa volviera al mismo tribunal de primera instancia de San Martín cuyo fallo fue parcialmente revocado, donde una nueva conformación debía limitarse a determinar la pena de la sentencia condenatoria, sin posibilidad de volver a revisar los hechos o cambiar el sentido de la decisión judicial.