El Gobierno nacional reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un nuevo mecanismo previsto en la reforma laboral para financiar indemnizaciones mediante cuentas individuales y fondos administrados por el sistema financiero.
El Gobierno nacional reglamentó este lunes el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) a través del Decreto 408/2026, una de las herramientas incluidas en la reforma laboral aprobada mediante la Ley 27.802. La medida crea un nuevo esquema destinado a financiar indemnizaciones y otras obligaciones laborales mediante cuentas individuales, fondos de inversión y fideicomisos financieros supervisados por organismos estatales.
Según establece la norma, el régimen no reemplaza ni elimina el sistema indemnizatorio vigente previsto en la Ley de Contrato de Trabajo. Sin embargo, incorpora un mecanismo de financiamiento anticipado para afrontar los costos derivados de eventuales desvinculaciones laborales.
El nuevo esquema estará dirigido a trabajadores registrados del sector privado. Para acceder a la cobertura, la relación laboral deberá encontrarse debidamente formalizada y el trabajador deberá acreditar una antigüedad mínima de doce meses al momento de la extinción del vínculo.
El decreto dispone que cada empleador constituya una cuenta individual destinada exclusivamente a cubrir las obligaciones alcanzadas por el régimen. Los recursos acumulados serán administrados a través de fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros bajo supervisión de la Comisión Nacional de Valores (CNV), lo que incorpora una lógica financiera inédita para la administración de las indemnizaciones laborales.
Asimismo, la normativa regula las contribuciones periódicas que deberán realizar los empleadores, los mecanismos de pago, la portabilidad de los fondos y los procedimientos aplicables en casos de registración deficiente de las relaciones laborales. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de recaudar y transferir los aportes mediante el sistema de seguridad social.
Otro aspecto destacado es que los recursos solo podrán invertirse en instrumentos financieros emitidos y negociados dentro del país. Además, se establecen beneficios fiscales para determinadas operaciones vinculadas al funcionamiento del sistema y para las cuentas utilizadas exclusivamente por los fondos.
Pese a la reglamentación, el FAL no entrará en vigencia de manera inmediata. El Gobierno prorrogó su implementación hasta el 1 de noviembre de 2026 y otorgó un plazo a la Secretaría de Trabajo, la CNV, ARCA y la Secretaría de Finanzas para dictar las normas complementarias necesarias.
La creación del Fondo de Asistencia Laboral representa uno de los cambios más significativos de la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional. Mientras el Ejecutivo sostiene que busca otorgar previsibilidad y garantizar la disponibilidad de recursos para afrontar futuras obligaciones laborales, distintos sectores observan con atención el avance de un sistema que incorpora herramientas del mercado financiero a la gestión de las indemnizaciones por despido.
