A través del decreto 315/2026, el Ejecutivo oficializó el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), que reduce las contribuciones patronales durante los primeros 48 meses de nuevas relaciones laborales.
El Gobierno nacional, encabezado por el presidente Javier Milei, reglamentó la reducción de aportes patronales mediante el decreto 315/2026, publicado en el Boletín Oficial. La medida lleva las firmas del jefe de Gabinete, Manuel Adorni; el ministro de Economía, Luis Caputo; y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.
El Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) establece una reducción de las contribuciones patronales durante los primeros 48 meses de las nuevas relaciones laborales. Durante ese período, los empleadores abonarán alícuotas reducidas: un 2% destinado al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Fondo Nacional de Empleo y a asignaciones familiares, y un 3% dirigido al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).
El objetivo de la normativa es abaratar el costo del empleo formal y fomentar la incorporación de trabajadores al sistema registrado. El régimen está dirigido a trabajadores que se encuentren en situaciones de informalidad o desempleo. El beneficio se aplicará a nuevas relaciones laborales registradas entre el 1° de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027.
La implementación del RIFL implica una reducción en los aportes destinados a distintos subsistemas de la seguridad social durante el período de vigencia del beneficio, alcanzando componentes como el sistema previsional, las asignaciones familiares, el fondo de desempleo y las contribuciones a obras sociales, en función de las alícuotas reducidas establecidas.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de instrumentar los mecanismos de adhesión, fiscalización y liquidación de los aportes. Por su parte, la Secretaría de Trabajo podrá dictar normas complementarias para la implementación del régimen. El decreto también establece que el incumplimiento de las condiciones previstas implicará la pérdida automática de los beneficios y la obligación de regularizar las contribuciones no abonadas, con intereses y sanciones.
En paralelo, la normativa contempla el programa de Promoción del Empleo Registrado (PER), que permite regularizar relaciones laborales existentes mediante la condonación de deudas. Asimismo, se fijan límites para la aplicación del RIFL: hasta el 80% de la plantilla de nuevos empleadores inscriptos desde diciembre de 2025 podrá estar alcanzada por este esquema.
La puesta en marcha de esta reglamentación se dio luego de definiciones judiciales que habilitaron su aplicación, tras una disputa por la competencia para analizar la constitucionalidad de la reforma laboral.
