lunes, 1 junio, 2026
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Reforma laboral: seis claves para entender el proyecto que obtuvo media sanción en el Senado

El proyecto de reforma laboral impulsado por el Gobierno nacional recibió media sanción en el Senado tras semanas de negociaciones y más de veinte modificaciones. Ahora deberá ser debatido en la Cámara de Diputados.

Tras semanas de negociaciones y más de veinte modificaciones respecto de su versión original, el proyecto de reforma laboral impulsado por el Gobierno nacional obtuvo media sanción en el Senado y ahora deberá enfrentar un debate más complejo en la Cámara de Diputados.

La iniciativa fue uno de los primeros grandes desafíos legislativos del año para el oficialismo, que debió negociar con gobernadores y bloques dialoguistas, aceptar cambios sustanciales y moderar puntos que generaban resistencia política, empresarial y sindical. El objetivo central del Ejecutivo es dinamizar el mercado de trabajo, reducir la litigiosidad laboral y promover la formalización del empleo.

A continuación, las seis claves para entender el alcance del proyecto aprobado en la Cámara Alta.

1. Cambios en indemnizaciones y desvinculaciones
Uno de los ejes centrales de la reforma es la redefinición de la base de cálculo de las indemnizaciones por despido sin causa. A partir de la nueva normativa, solo se considerará la remuneración mensual, normal y habitual, excluyendo conceptos no mensuales como el aguinaldo y las vacaciones. La indemnización pasa a ser la única reparación posible por despido y se establece un nuevo sistema de actualización de créditos laborales, que contempla el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un 3% anual. Además, se aprobó la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), destinado a cubrir los costos de desvinculación. El aporte será del 1% mensual para grandes empresas y del 2,5% para micro, pequeñas y medianas empresas, con la posibilidad de incrementarse si así lo dispone el Poder Ejecutivo con aval de la Comisión Bicameral.

2. Pago en cuotas de sentencias judiciales
El proyecto habilita el pago en cuotas de sentencias laborales firmes. Para grandes empresas, se permitirá el pago en hasta seis cuotas mensuales, mientras que para MiPyMEs y empleadores individuales el plazo podrá extenderse hasta 12 cuotas. En relación con la antigüedad, se establece que si transcurren más de tres años entre la finalización de un vínculo laboral y el reingreso del trabajador con el mismo empleador, el período anterior no será computado.

3. Licencias, enfermedades y controles médicos
La reforma introduce nuevas reglas para casos de enfermedad o accidente no laboral. Si el hecho deriva de una conducta voluntaria y riesgosa del trabajador, se abonará el 50% del salario básico durante tres meses, o seis meses si tiene personas a cargo. Si no existió conducta riesgosa, el pago será del 75% durante los mismos plazos. Las recaídas de enfermedades crónicas solo serán consideradas episodios distintos si transcurren más de dos años entre cada una. También se refuerza el derecho del empleador a disponer controles médicos y juntas médicas.

4. Modernización del sistema laboral
El proyecto establece que el registro laboral ante la ARCA será suficiente y que no podrán exigirse requisitos adicionales por otras autoridades. Los libros laborales deberán conservarse durante diez años y podrán llevarse en formato digital con plena validez legal. Asimismo, se redefine qué conceptos se consideran beneficios sociales no remunerativos, como comedor, reintegros médicos, guardería, útiles escolares o capacitación, y se habilitan esquemas voluntarios de banco de horas mediante acuerdo entre empleador y trabajador.

5. Incentivos a la formación y la inversión productiva
La iniciativa crea el Régimen de Incentivo a la Formación Laboral (RIFL), orientado a la capacitación y reconversión de trabajadores, y el Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión (RIMI), que busca fomentar inversiones productivas, incorporación de tecnología y expansión empresarial. También se prevé una reducción de cargas sociales para facilitar la contratación y se establece que los convenios de empresa de una provincia podrán prevalecer sobre convenios de alcance nacional.

6. Vacaciones y banco de horas
La normativa fija que las vacaciones deberán otorgarse entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente, aunque podrán tomarse fuera de ese período si existe acuerdo entre las partes. El empleador deberá informar por escrito la fecha de inicio con al menos 30 días de anticipación. Una modificación reciente permite dividir el período de vacaciones, siempre que cada tramo tenga un mínimo de siete días consecutivos. En cuanto al banco de horas, el proyecto contempla que los mecanismos para compensar horas extraordinarias puedan acordarse por escrito entre empleador y trabajador, o con la representación sindical de la empresa, respetando los descansos mínimos legales.

Con la media sanción obtenida en el Senado, la reforma laboral ahora deberá ser debatida en Diputados, donde el oficialismo anticipa un escenario de mayor complejidad política y negociaciones más ajustadas.

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